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De conformidad con el Artículo 42 del Decreto Ley 4 de 18 de enero de 2006, que le concede al Gerente General del Banco Nacional de Panamá, la facultad para delegar en los abogados de ésta institución bancaria, el ejercicio del cobro coactivo de las obligaciones debidas y dejadas de pagar por clientes del Banco, pasamos a remitirle listado completos de propiedades que van a ser rematadas.
Para mayor información, puede llamarnos a los siguientes números:
Área Metropolitana – Torre BNP, Piso 9, Vía España, Área Bancaria, Ciudad de Panamá, Provincia de Panamá:
Departamento de Jurisdicción Coactiva – Teléfono 505 - 3919.
Juzgado Ejecutor Primero – Teléfono 505 - 3917.
Juzgado Ejecutor Segundo – Teléfono 505 – 3923.
Juzgado Ejecutor Tercero – Teléfono 505 – 3926.
Juzgado Ejecutor Cuarto – Teléfono 505 – 3920.
Juzgado Ejecutor Quinto – Teléfono 505 – 3907.
Área Central – Sucursal Chitré, Edificio del Banco Nacional de Panamá, Primer Piso, Ciudad de Chitré, Provincia de Herrera:
Juzgado Ejecutor Primero – Teléfono: 970-3372
Juzgado Ejecutor Segundo – Teléfono: 970-3384
Área Occidental – Sucursal David, Edificio del Banco Nacional de Panamá, Primer Piso, Ciudad de David, Provincia de Chiriquí:
Juzgado Ejecutor Primero – Teléfono: 777-6085
Juzgado Ejecutor Segundo – Teléfono 777-6047
Para participar en los remates que celebra el Banco Nacional de Panamá, se deberán cumplir con los siguientes requisitos:
A. Persona Natural:
Presentar postura mediante Carta de Oferta.
Fotocopia de cédula.
Certificado de Garantía del Banco Nacional de Panamá, por el 10% de la base del remate.
B. Persona Jurídica:
Presentar postura mediante Carta de Oferta.
Certificado de Garantía del Banco Nacional de Panamá, por el 10% de la base del remate.
Certificado de Registro Público que se acredite la vigencia de la Razón Social (Sociedad, Fundación, etc.) y su Representante Legal, con menos de 90 días de emisión.
Proceso de Postura:
En el primer remate se aceptara como postura las dos terceras partes de la base del remate, en el segundo remate la postura será por la mitad de la base del remate, y en el tercero se admitirán como posturas las que se presenten. Siempre y cuando cubran el avalúo, hecho por peritos del Banco Nacional de Panamá.
En el evento que no se adjudique el remate, al postor le será devuelto su certificado de garantía al ganador del remate, y de adjudicarse tendrá un periodo de 48 horas para cancelar; de lo contrario, perderá la suma consignada a través del citado certificado. De acuerdo con el Art. 1722 del Código Judicial, el rematante (ganador) deberá pagar dentro de dos días siguientes a la adjudicación provisional.
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